PARTICIACIÓN CUIDADANA

Información y trámites

SUJERENCIAS Y QUEJAS

Este trámite permite formular quejas y sugerencias ante el Ayuntamiento de Venta de Baños. Los formularios de sugerencias y quejas tienen por objeto recoger las iniciativas presentadas para la mejora de la calidad y, también, las manifestaciones de insatisfacción de los ciudadanos con los servicios prestados por esta Administración, así como fomentar la implicación y la participación de la ciudadanía en la mejora e innovación de los servicios públicos y actividades municipales.

De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.

Existe un formulario en la Sede Electrónica del Ayuntamiento para trasladar sugerencias y quejas. Si bien este trámite también puede ser realizado de manera presencial ─exclusivamente por las personas físicas─, acudiendo al Registro General del Ayuntamiento de Venta de Baños.

REGOGIDA DE FIRMAS PARA PROMOVER UNA INICIATIVA POPULAR LOCAL

La Iniciativa Popular Local es un mecanismo de participación ciudadana regulado en la ley para que un porcentaje de vecinos puedan presentar propuestas de acuerdo, actuación o proyecto de reglamento para su aprobación por el Pleno municipal. En el municipio de Venta de Baños, se requiere la firma de al menos el 15% de los vecinos y vecinas, y las iniciativas deben ser registradas en el Ayuntamiento y contar con informes de legalidad y de la Intervención en caso de afectar a la Hacienda Pública. Además, se puede incluir una propuesta de consulta popular local y existen formularios y trámites específicos para llevar a cabo estas iniciativas.

Más información

La Iniciativa Popular Local es una institución jurídica para el ejercicio de la participación ciudadana, regulada en el artículo 70 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; mediante la que se prevé que un porcentaje de vecinos ─que gocen del derecho de sufragio activo en las elecciones municipales (mayores de edad, empadronados en la localidad)─ en función del número de habitantes de cada población, puedan presentar propuestas de acuerdo, actuación o proyecto de reglamento de competencia municipal para su aprobación por el Pleno con excepción de los temas relativos a la Hacienda Pública.

Dichas iniciativas, en el caso del municipio de Venta de Baños, con más de 5.001 y menos de 20.000 habitantes, deberán ir suscritas al menos por el 15 % de los vecinos y vecinas de la localidad.

Tales iniciativas, una vez alcanzado este porcentaje mínimo, deberán ser sometidas a debate y votación en el Pleno, sin perjuicio de que sean resueltas por el otro órgano competente del Ayuntamiento. En todo caso, se requerirá el previo informe de legalidad de la Secretaría de la Corporación, así como el informe de la Intervención cuando tal iniciativa afecte a derechos y obligaciones de contenido económico del Ayuntamiento.

Desde el Ayuntamiento de Venta de Baños queremos fomentar la participación ciudadana y para ello ponemos a disposición de nuestros vecinos los tramites y formularios necesarios para desarrollar una Iniciativa Popular Local.

En primer lugar, antes de comenzar con el proceso de recogida de firmas, por parte del promotor o promotores de la Iniciativa debe redactarse la propuesta de acuerdo, actuación o proyecto de reglamento. Este documento será lo que vecinos y vecinas podrán suscribir con su firma con el objetivo de que, en último término, sea estudiando por el órgano municipal que corresponda.

Por su parte, la recogida de firmas suscribiendo la Iniciativa Popular habrá de realizarse atendiendo siempre la protección de datos de carácter personal de cada uno de los vecinos y vecinas que participen. Asimismo, es necesario que, en dicho formulario de recogida de firmas, quede suficientemente claro el objetivo de la Iniciativa y que los firmantes conocen el contenido de la propuesta de acuerdo, actuación o proyecto de reglamento que suscriben.

Para mayor sencillez en el proceso de recogida de firmas, por parte del Ayuntamiento de Venta de Baños facilitamos el siguiente modelo de formulario de recogida de firmas:

Formulario.

Cada uno de los formularios firmados habrán de ser registrados en el Registro General del Ayuntamiento de Venta de Baños.

Tales iniciativas pueden llevar incorporada una propuesta de consulta popular local, que será tramitada en tal caso por el procedimiento y con los requisitos previstos en el artículo 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

 

PETICIÓN DE CONSULTA PÚBLICA

El artículo 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que de conformidad con la legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma, los Alcaldes, previo acuerdo por mayoría absoluta del Pleno y autorización del Gobierno de la Nación, podrán someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, con excepción de los relativos a la Hacienda local.

Existe un formulario en la Sede Electrónica del Ayuntamiento mediante el que puede solicitarse que por parte del Ayuntamiento de Venta de Baños se inicie el pertinente expediente administrativo para celebrar una consulta pública local. Si bien este trámite también puede ser realizado de manera presencial ─exclusivamente por las personas físicas─, acudiendo al Registro General del Ayuntamiento de Venta de Baños.