ESCUELA INFANTIL
EEI José Antonio Celemín Terradillos
ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL “José Antonio Celemín Terradillos”
El Ayuntamiento de Venta de Baños es quien posee la titularidad de la Escuela de primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años). Quien gestiona de forma directa el servicio.
Escuela Infantil Venta de Baños
INSTALACIONES
EQUIPO
FAMILIAS
ACTIVIDADES
NIVEL 0-1 AÑOS
Desde el regazo comenzamos nuestro camino .Exploramos nuestro entorno con los sentidos.Nuestra relación es muy afectiva, necesitamos brazos. Estamos aprendiendo a comunicarnos.Comenzamos a dar nuestros primeros pasos.
NIVEL 1-2 AÑOS
Nos hacemos más autónomos .Descubrimos que andando , podemos manipular mucho más y con mayor habilidad.Queremos conocer nuestro entorno y tocarlo todo.Comprendemos más que hablamos. Nos cuesta resolver conflictos y contener emociones.
NIVEL 2-3 AÑOS
Con un poco de magia e imaginación nos transformamos en magos, piratas, médicos. Somos más comunicativos, curiosos y queremos saber ¿por qué?. Comienza la inteligencia abstracta.
CÓMO FUNCIONA
ACCESO A LA ESCUELA
ACTIVIDADES
COMO FUNCIONA
DEFINICIÓN
El Proyecto Educativo de la Escuela Municipal de Educación Infantil JOSE ANTONIO CELEMIN TERRADILLOS se sustenta en la función educativa, lúdica y asistencial como derechos fundamentales de la infancia basado en un escuela de necesidades individualizadas.
CALENDARIO
La Escuela Municipal prestarán sus servicios desde el mes de septiembre hasta el mes de julio, ambos incluidos.
La Incorporación de los-as niños-as a la escuela se realizará a través de un período específico de adaptación. Dicho período tendrá una duración máxima de 4 semanas y deberá planificarse al principio del curso y contemplará la participación y colaboración con las familias así como la flexibilización del horario para conseguir la mejor adaptación del niño-a.
El calendario escolar se facilitará a todas las familias al inicio del curso y estará así mismo expuesto en el Tablón de Anuncios de la escuela y en él se reflejarán con mayor exactitud las fechas en las que el centro atenderá a los niños-as y las fechas o períodos vacacionales.
COMEDOR
En las aulas de niños y niñas de 0 a 1 año cada familia aportará la leche del niño o niña y pueden hacer uso de este servicio todos los niños y niñas matriculados en dicha aula. Si se quiere continuar amamantando a vuestro hijo/a se puede hacer ya que seguimos un protocolo para la alimentación con leche materna. http://www.aeped.es/sites/default/files/documentos/201201-lm-escuelas-infantiles.pdf
ÓRGANOS DE GOBIERNO
Además en la Escuela Municipal de Educación Infantil existirán los siguientes órganos de gobierno y participación:
- Unipersonales: El-la director-a.
- Colegiados: El Claustro de profesores-as de la Escuela Infantil.
- El equipo educativo por ciclos
NORMATIVA SANITARIA
Los-as niños-as pequeños-as tienen todavía un sistema inmunitario reducido por lo que enferman más fácilmente que cuando son mayores. Cuando un niño-a está enfermo necesita unos cuidados y unas condiciones que un centro educativo no puede ofrecer, por lo que la asistencia a la escuela durante ese tiempo retardaría su curación. Por estos motivos, por el propio niño-a, y por los que le rodean, es importante que ningún niño-a asista a la Escuela Infantil cuando está enfermo, siguiéndose como medida preventiva para reducir el riesgo de contagio las siguientes normas:
Se llamara a las familias del niño-a que presente:
- Presencia de parásitos (piojos, liendres, etc.).
- Fiebre.
- Diarrea.
- Erupciones de la piel, excepto que lleven un informe del pediatra indicando que no son contagiosas.
- Conjuntivitis.
- Parasitosis intestinales (lombrices, etc.).
- Vómitos de repetición.
En caso de que el niño-a acuda a la escuela presentando cualquiera de los síntomas anteriores, el-la director-a del centro podrá llamar a la familia para que venga a recoger al niño-a, salvo justificación médica escrita, que le permita estar en el centro.
Aspectos de medicación
Ante la presencia de niños-as que deban seguir tratamiento médico por enfermedad crónica no contagiosa, con pautas inferiores a 8 horas, los padres y/o madres entregarán a la educador-a la receta en la que el /la Pediatra hará constar la dosis y horario de las tomas. Cuando esta medicación se tenga que administrar cada 8 horas o más, los padres, madres o tutores se encargarán de dársela, a la entrada y salida de la Escuela Infantil. Solamente se tendrán en cuenta las pautas de medicación establecidas por pediatras o especialistas colegiados.
Aspectos de alimentación
- Los aspectos relacionados con intolerancias o alergias alimentarias habrán de ser avalados por el justificante médico correspondiente, del alergólogo o pediatra del Servicio de salud de la Junta de Castilla y León; dichos casos se tratarán de modo individual teniendo en cuenta las características individuales de los niños-as.
- . El informe se enviará a la empresa que en ese momento gestione el comedor, para que adapte los menús a las necesidades de los niños-as con alergias o intolerancias.
- En el primer claustro de profesores se informara de las necesidades del niño-a y de las indicaciones a seguir.
- Se mantendrá informados a los padres del menú que va a consumir su hijo-a.
- Se pedirá a la empresa que la comida sea lo más parecida posible a las de sus compañeros.
AULAS RATIO
- Unidades de niñas y niños de 0-1 año: 8
- Unidades de niñas y niños de 1-2 años: 13
- Unidades de niñas y niños de 2-3 años : 20
- Unidades de niñas y niños del aula mixta: 13
En el caso de la existencia de niños-as con necesidades educativas especiales podrá optarse por la reducción del número de niños-as por grupo. Corresponde al Servicio de Educación la valoración y la propuesta de las medidas oportunas en cada caso.
HORARIOS
- El Horario general de la escuela estará comprendido entre las 08:45 y las 17:00 horas.
- La Ampliación de horarios, entre las 07:30 y las 08:45 horas se implantará en la Escuela de acuerdo con las demandas de las familias. La utilización de la ampliación de horarios para los niños-as matriculados exigirá de los padres y/o tutores la justificación documental de su necesidad.
- En cualquier caso, el tiempo mínimo de permanencia obligatoria en la escuela será de 09:15 a 13:00 horas.
- La estancia de los niños-as, en todo caso no podrá superar las 8 horas, como marca la Junta de Castilla y León.
Horarios de entrada y salida
Los Horarios de entrada y salida serán flexibles para adecuarse a las necesidades familiares y características de la edad de niños-as, que serán los siguientes:
ENTRADA | SALIDA |
1º ENTRADA: 7:30 A 8;30 2ºENTRADA: 8:30 A 8;45 3º ENTRADA: 9:15 A 9:45 | 1º SALIDA: 13:00 2º SALIDA: 13:45 A 14:15 3º SALIDA 15:30 A 17:00 |
Los horarios expuestos anteriormente no son de aplicación durante el mes de septiembre. Este mes se dedicará al periodo de adaptación de los niños-as a la escuela y para ello se establecen horarios individualizados para cada familia, que progresivamente, van aumentando hasta llegar al horario solicitado, salvo excepciones debidamente justificadas.
CUOTAS
Para calcular la cuota cada familia deberá realizar la siguiente fórmula:
La suma de las rentas (casilla base imponible general y base imponible del ahorro) de la declaración de los dos cónyuges el resultado se divide entre los miembros de la familia y luego se establece el tipo impositivo en función de la renta per cápita, el importe resultante es el que abonara el usuario anualmente, para calcular la tasa anual se dividirá entre 11 meses. Esta será la cuota de toda la jornada en la escuela y esta incluida el comedor.
Cuotas comedor
EDAD DE LOS USUARIOS | DESAYUNO | COMEDOR |
0-1 año | 10 | 30 |
1-3 años | 10 | 49 |
FAMILIA Y ESCUELA
La Organización escolar facilitará y fomentará la comunicación informal y diaria con las familias en los momentos de entradas y salidas, dirigidas a conocer tanto las circunstancias diarias que afecten a los niños-as, como aspectos de cuidados y atenciones físicas; aspectos emocionales y afectivos derivados de su adaptación y tránsito al medio escolar y situaciones familiares que afecten a la actitud del niño-a en el centro.
En Sentido sistemático y estructurado, la comunicación formal entre la familia y la escuela infantil se desarrollará mediante entrevistas individuales y reuniones de ciclos y las agendas escolares.
La Escuela municipal creará mecanismos de participación y conocimiento de la actividad de la escuela para las familias. Se incluyen en este apartado la delimitación y estructura del período de adaptación; las presentaciones visuales en reuniones generales de escuela; la participación en actividades lúdico-festivas ligadas a la incorporación curricular de la cultura popular; las actividades de Puertas Abiertas para las familias u otras formas de visualización-participación propias de escuela.
ACCESO A LA ESCUELA
QUIÉN
Podrá solicitarse plaza para niños-as en trámites de adopción o acogimiento condicionada a la presentación de la filiación del niño y niña en el momento de formalizar la matrícula.
REQUISISTOS
- Realizar la solicitud en el plazo y forma establecidos.
- Estar al corriente del pago de las cuotas derivadas de la prestación del servicio en cursos anteriores.
- La incorporación a las escuelas infantiles por parte de los niños-as se realizará con 16 semanas cumplidas.
- Es imprescindible que al menos uno de los padres, tutores o representantes legales del que se solicita plaza escolar, este empadronados en el municipio en le momento de formular la solicitud. Esta circunstancia se mantendrá durante el periodo de permanencia del niño/a en la Escuela.
BAREMACION
SITUACIÓN LABORAL | PUNTOS |
Ambos padres o tutores trabajando o con impedimento justificado de atender al niño o niña | 7 |
El niño o niña convive con uno de sus padres o tutor que trabaja o tiene impedimento justificado para atenderle | 7 |
SITUACIÓN SOCIOFAMILIAR | PUNTOS |
Hermano/s que confirme/n plaza en la Escuela durante el curso para el que se solicita plaza | 2 |
Uno o los dos padres o tutores trabajando en la Escuela | 2 |
Por la condición de familia mono parental | 2 |
Por la condición legal de familia numerosa | 2 |
Niño/a solicitante de plaza o alguno de sus padres o hermanos con discapacidad reconocida igual o superior al 33 % | 2 |
Niño/a solicitante de plaza en situación de acogimiento familiar permanente o pre adoptivo | 1 |
Niño/a solicitante de plaza nacido de parto múltiple | 1 |
SITUACIÓN SOCIOECONÓMICA: RENTAS DE LA UNIDAD FAMILIAR | PUNTOS |
Rentas iguales o inferiores al IPREM | 6 |
Rentas entre 1 y 2 veces el IPREM | 5 |
Rentas superiores al doble del IPREM | 4 |
Rentas superiores al triple del IPREM | 2 |
Rentas superiores al cuádruple e inferiores al quíntuplo del IPREM | 1 |
Cuando no existan plazas suficientes, las solicitudes de admisión se atenderán aplicando los criterios de admisión establecidos en el anterior cuadro de acuerdo con el baremo en éste indicado, y según las siguientes reglas:
- A los efectos de la arenación de circunstancias socioeconómicas: Se consideran unidades familiares las integradas por los cónyuges no separados legalmente, las uniones de hecho, y los/as hijos/as, los/as menores acogidos o las personas tuteladas que convivan, así como las formadas por el padre o la madre y los hijos, los/as menores acogidos o las personas tuteladas que estén exclusivamente a su cargo. En cualquier caso, se considerará la situación de convivencia en la fecha de presentación de la solicitud.
- Para el cómputo de las rentas se tendrá en cuenta la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de todos los miembros de la unidad familiar, correspondiente al período impositivo anterior en al que se solicita la plaza. Para los solicitantes que no estén obligados a presentar declaración de IRPF y que no hayan solicitado devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se tendrán en cuenta las imputaciones íntegras de todos los miembros de la unidad familiar, que figuren en el certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En el caso de que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no disponga de datos de la situación económica referidos al período impositivo correspondiente, no será valorado este apartado.
- La admisión de aquellas plazas reservadas a Emergencia Social, deberán presentar el informe de acuerdo a las necesidades emitido por el C.E.A.S., en el plazo establecido.
PUNTUACION TOTAL Y RESOLUCION DE EMPATES
1-La puntuación total que obtengan los niños y niñas en aplicación de los criterios de admisión y su correspondiente baremo, decidirá el orden final de admisión.
2.- En caso de empate al aplicar el baremo establecido, tendrán preferencia sobre el resto los niños y niñas cuyos padres estén vinculados laboral o funcionarialmente con el Ayuntamiento de Venta de Baños (Palencia), en el momento de la baremación y estén empadronados/as en el municipio… Para hacer valer esta preferencia, los interesados deberán presentar certificado acreditativo de tal circunstancia junto con la solicitud de nuevo ingreso.
3.- No obstante a lo anterior, en caso de empate entre varias solicitudes éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la baremación de los criterios de admisión y conforme al siguiente orden:
- a) Ambos cónyuges trabajando en el momento de la baremación.
- Menores rentas de la unidad familiar.
- Mayor puntuación por hermanos matriculados en la Escuela.
- Uno o los dos padres, tutores o representantes legales trabajando en la Escuela para la que se solicita plaza.
- Familia mono parental.
- Familia numerosa
4.- Si persistiera el empate una vez aplicados los criterios señalados anteriormente, la adjudicación de plaza se resolverá mediante el orden alfabético de los apellidos del alumnado afectado, de acuerdo con el resultado del sorteo público que la Comisión Municipal de Valoración celebrará con el fin de determinar la combinación de la primera y segunda letra del primer apellido y la primera y segunda letra del segundo apellido a partir de las cuales se iniciará dicho orden alfabético. Para aquellos/as alumnos/as que carezcan de segundo apellido, se tendrá en cuenta como tal el primer apellido de la madre. Se considerarán las partículas que precedan a cada apellido si constan de esta forma en el D.N.I. o N.I.E., pero no los caracteres no alfabéticos.
CUOTAS
2.- En el caso en el que no se disponga de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las rentas de la unidad familiar correspondientes al período impositivo anterior al que se solicita la plaza, y dichas rentas no se pudieran justificar por el/la interesado/a, se aplicará la tarifa máxima.
3.- Al efectuar la matrícula, el responsable de la Escuela comunicará a los interesados la cuota mensual a abonar durante el curso que se le haya aplicado conforme a la normativa vigente. La cuota será única para todo el curso, salvo en el caso de situaciones sobrevenidas que den lugar a bonificación, que se aplicarán al mes siguiente de su justificación.
4.- En caso de que la situación socioeconómica de los progenitores empeore sustancialmente, la Comisión Municipal de Valoración de forma acreditada podrá establecer una nueva cuota mensual conforme a los criterios establecidos en la Ordenanza reguladora de precios públicos por la prestación del servicio de educación infantil de primer ciclo vigente.
5.- Las cuotas se abonarán por mensualidades y deberán estar ingresadas en los primeros diez días naturales de cada mes.
PLAZO
- Periodo de matrícula del 1 al 15 de abril como norma general, sujeto a cambios por periodo de Semana Santa.
- Publicación de listas provisionales: mes de mayo. Consulta de listas en tablón de anuncios de la Escuela Infantil y del Ayuntamiento de Venta de Baños.
- Plazo de reclamaciones: se publicará en la lista provisional de admitidos-as y excluidos-as.
- Publicación de listas definitivas: primera quincena del mes de junio. Consulta de listas en tablón de anuncios de la Escuela Infantil y del Ayuntamiento de Venta de Baños.
- Formalización de matrícula: hasta el último viernes laborable del mes de Junio
DOCUMENTACIÓN MATRICULA
1.- Los padres, tutores o representantes legales de los niños-as podrán presentar las solicitudes de admisión, según modelo establecido en el Anexo INUEVO INGRESO, disponible también en sede electrónica (www.ventadebanos.es), del 1 al 15 de abril de cada año.RESERVA DE PLAZA RESERVA DE PLAZA para los alumnos que tiene el derecho de permanencia y desean continuar.
2.- La solicitud se presentará, preferiblemente, en la Escuela. Igualmente podrá presentarse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
DOCUMENTACIÓN
1- A la solicitud se acompañará la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales de admisión,
2.- Con la presentación de la solicitud, se podrá autorizar al órgano administrativo encargado de la verificación de los datos, a que pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la información que estime precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en cuya virtud deba pronunciarse la resolución.
3.- Tiene la consideración de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales de admisión la siguientes:
a) Libro de Familia. En el caso de que el niño o niña no hubiera nacido durante el plazo de presentación de solicitudes, informe médico que acredite el estado de gestación y fecha prevista de nacimiento.
b) Documento acreditativo, en su caso, del acogimiento familiar permanente o pre adoptivo.
c) Informe, en su caso, del órgano competente en materia de atención temprana relativo a las necesidades especiales.
d) Copia del DNI o NIE del solicitante.
Documentación justificativa de su situación laboral:
-Trabajadores que ejerzan su actividad por cuenta ajena: Certificado expedido al efecto por la persona titular de la empresa o por el responsable del personal de la misma.
-Trabajadores que ejerzan su actividad por cuenta propia: se acreditará mediante certificación de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y, en su caso, fotocopia del pago de la cuota correspondiente al año en curso. En el supuesto de que no exista obligación legal de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas de conformidad con la normativa vigente, se acreditará mediante la presentación de una fotocopia de la correspondiente licencia de apertura expedida por el
-Situación de desempleo: Entregar certificado expedido por el INMEN.
-certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
f) Documentación justificativa de la situación socio familiar:
1º- Familias mono parentales: Si en el Libro de Familia constan dos progenitores, se aportará copia de la sentencia de separación o divorcio y/o documentación acreditativa de que el menor está exclusivamente a cargo del solicitante.
2º- Copia del título de familia numerosa.
3º- Copia del certificado del grado de minusvalía del niño o niña o de los miembros de la unidad familiar que estén en dicha situación.
Documentación acreditativa de la situación socioeconómica.
1. hacienda Este documento que autoriza a los órganos administrativos del Ayuntamiento de Venta de baños a verificar los datos de su declaración.
El Ayuntamiento de Venta de Baños comprobará de oficio:
- Empadronamiento del niño-a y de la unidad familiar.
- Certificado de residencia efectiva del niño -a y de la unidad familiar.
- Datos de renta de la unidad familiar del año anterior.
MATRICULA EN EL CENTRO
- Copia de la tarjeta de la Seguridad Social o del seguro médico donde esté inscrito el niño-a.
- Copia de la cartilla de vacunaciones del niño – a.
- Tres fotografías del niño-a, de tamaño carné.
- Fotocopia de cartilla del banco con el número de cuenta.
- Libro de autorizaciones.( se le dará en el centro)
- DNI de las personas autorizadas a recogerles.
2.- Para formalizar las matrículas de menores en proceso de adopción o acogimiento, será necesario presentar el certificado del Registro Civil en el que conste la filiación del menor o en su defecto certificado de convivencia en el que consten los datos del menor expedido por la entidad competente para la tramitación de la adopción o el acogimiento. De no presentarse esta documentación antes de la finalización del plazo de matrícula, la solicitud correspondiente pasará a la lista de espera ocupando la posición correspondiente a la puntuación obtenida.
3.- Si finalizado el período de matrícula, ésta no se hubiese formalizado, decaerá el derecho a la plaza obtenida, la cual se ofertará como vacante extraordinaria a los/as solicitantes incluidos en la lista de espera por orden de puntuación.
IMPRESOS
- BOP20160627-bop-76-ordinario_0
- ORDENANZA Nº 27ORDENANZA.GUARDERIA.nUEVO TEXTO A PARTIR TRIM. 3º 2014
- NORMATIVA DE LA ESCUELA
IMPRESOS
- NUEVO INGRESO NUEVO INGRESO
- HACIENDA hacienda
- RESERVA DE PLAZA RESERVA DE PLAZA
- MATRICULA ANEXO III
- BIENVENIDA A LA ESCUELA Bienvenida
- MATERIAL INICIO DE CURSO MATERIAL INICIO DE CURSO
PREGUNTAS FRECUENTES
Quién puede solicitar plaza en una escuela infantil?
¿Se puede renunciar a la plaza adjudicada?
a) Falta de asistencia a la Escuela durante quince días lectivos continuados o treinta alternos, sin previo aviso ni causa justificada.
b) Impago de dos cuotas mensuales.
c) Incumplimiento de los horarios de forma reiterada.
d) Falsedad en los datos o documentos aportados por el solicitante.
2.- Las bajas voluntarias que se produzcan durante el curso deberán ser comunicadas por escrito por los padres, tutores o representantes legales de los niños y niñas a la Escuela, para proceder a la adjudicación de la vacante.
¿Durante cuánto tiempo se considera que un niño/a es de bebes?
¿Cómo se adjudican las plazas?
- Se barema la solicitud en función de los apartados de: situación laboral, socio familiar y económica.
- Se ordenan las solicitudes en función de la puntuación obtenida y en caso de empate se dirime con relación a los criterios de desempate establecidos.(situación económica)
- Se adjudica la plaza
¿Cuánto cuestan las escuelas infantiles?
¿Cómo se barema el hecho de tener gemelos y presentar ambos solicitud?
¿Cómo se realiza la inscripción en la Escuela Municipal?
¿A las niñas/os nacidos en el año 2019 cuándo hay que apuntarles?
En ambos casos hay que tener en cuenta que no podrán comenzar en la escuela hasta tener cumplidas las 16 semanas.